| ¿CUÁNTOS IMPUESTOS PAGAN LAS MINERAS? |
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| Jueves, 28 de Julio de 2011 09:41 | |||
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Impuestos que paga la minería (Intento de aproximación) A) si está hablando de un porcentaje sobre la Facturación total, o Mucho menos aún, se lo refiere a la Inversión como correspondería, para poder opinar acerca de las supuestas "rentabilidades fabulosas" o la "escandalosa evasión impositiva"de las empresas mineras. Para colmo se mezclan verbalmente "porcentajes de porcentajes, de porcentajes " sin dar tiempo al oyente para hacer sus propios cálculos ante el torrente de nuevas cifras en el aire que continúan llegando. Del estilo: ... "el 25% del 50% sobre el 35% de tal cosa... Etc, etc". ¿Tan difícil es decir directamente el resultado (4.37 %) y ayudar a la comprensión?. Personalmente , me parece que es una confusión buscada y donde cada uno de los dos bandos entiende lo que le conviene. Otro Ejemplo: El demonizado 3% por Regalías mineras provinciales, significan 3$ de cada 100$ vendidos, mientras que el 35% de las ganancias brutas, suponiendo que estas fueran del 25%, representa 8.75$ (100 x 0.25 x 0.35) de esos mismos 100$ vendidos. Hay que aclarar siempre: "porcentaje", SI, pero....¿ referido a qué" ?. Lo cierto es que el hombre común, desorientado por el aluvión de cifras, automáticamente piensa que hay gato encerrado y sólo logra retener la efectista, demagógica y para nada inocente expresión de ... "las mineras están libres de impuestos, pagan el 3% y nos dejan el agujero y la contaminación" .... quizás sospechando en el fondo que se trata de una descarada mentira, pero al menos autocomplaciente y "fácil de recordar" (efecto que es lo único que interesa lograr al opinador, aunque sepa que está mintiendo). Ante tanto desatino, se recoge el guante y nada mejor que explicar la cuestión de impuestos mineros con un ejemplo que, por esas casualidades, es "casi calcado" de un caso de la vida real, próximo a desarrollarse en una provincia del norte argentino. II - ¿ Existe un sistema de impuestos para la minería en Argentina? En realidad hay un sistema impositivo complejo (demasiado en mi modesta opinión) , que fué aprobado por el congreso nacional en pleno y en democracia, con todos los representantes provinciales presentes (casi todos los cuales, incluyendo al diputado Solanas, hoy reniegan de la minería) ya sea ese período discutible o elogiable (1990-2000). Contempla gravámenes en parte comunes a otras actividades y en parte especiales para la minería. Algunos de ellos, los mas distorsivos, en general son cargables a los costos y por tanto desgravables de ganancias. Parte inciden sobre el capital o sobre las ventas (Impuestos "Fijos"o directos, a falta de un nombre mas adecuado. Ver punto V) y otros, los menos, inciden sobre las ganancias (Impuestos "Variables" o indirectos. Punto VI ), que en rigor de verdad son los mas justos y menos distorsivos. Para lectores entendidos: cuando aquí se habla de "Impuestos" por razones de simplicidad, se hace referencia a todos los montos que van al Estado, pero no se discrimina entre Estado Nacional, Provincial o Municipios, ni tampoco si son "Impuestos propiamente dichos", "Tasas" o "Contribuciones y obligaciones". Seguramente se objetará el criterio, pero resulta excesivo hacer semejante discriminación en este momento. Algunos impuestos son de validez exclusivamente provincial, pero la mayoría son nacionales, de allí que el Estado Nacional recauda en promedio 8 a 10 veces más que la provincia. Pese a la aridez del tema, nada atractivo ni ameno por cierto, parece importante llevar algo de claridad al interesado, pero no hay mas remedio que torturarlo con cifras que, para ser comprendidas necesitarán paciencia del lector y mejor aún que tenga lápiz, papel y calculadora a mano, para chequear caso por caso y cifra por cifra. III - ¿Cuáles son esos impuestos? En una enumeración tendríamos: FIJOS 1- Ingresos brutos: En algunas de las provincias mineras esta exento. VARIABLES 14- Fondo fiduciario (FF) (sólo en algunas provincias. Para obras de infraestructura). Esto hace complejo el cálculo porque no existen dos yacimientos idénticos, varia muchísimo el resultado según las características geológico-mineralógicas de cada proyecto o emprendimiento, cosa que a contadores, abogados y economistas les cuesta aceptar (así como a geólogos e ingenieros les fastidia la situación inversa), cuando se comparan situaciones técnicas disímiles y hasta incompatibles. No hay suficiente comunicación entre los diversos tipos de profesiones (situación que a mi juicio ha contribuido mucho para llegar a la confusión y problemática presente). Seguramente alguien preguntará ¿ porqué no se menciona el IVA?. En realidad, ese impuesto es inocuo para la empresa (minera o no minera) pues lo paga el consumidor final en caso de producir para consumo interno y, en el caso de exportadores, el mismo es devuelto para no incurrir en "Exportacion de impuestos". Los que aseguran que "las mineras están eximidas"del pago de IVA", muestran mala fe o ignorancia, pues en todos los casos, la empresa que lo cobra (cualquiera: sea o no minera) actúa sólo como agente de retención, para depositarlo de inmediato en las arcas del estado. Para mejor comprensión, creo conveniente empezar expresando el total de impuestos como una fracción del Ingreso total y luego verificar cual es la cifra equivalente al referirla a Ganancias. Los Contadores en general discrepan con este criterio y, para mejor objetividad , aconsejan guiarse por el VAN (Valor actual neto) mas que por los ingresos nominales escalonados en el tiempo y por el TIR (Tasa Interna de Retorno). Sin embargo, en el caso de este articulo no me parece aconsejable, dado que el concepto a desarrollar ya es de por si un tanto complicado para el público lego ( esos conceptos pueden ser objeto de futuras contribuciones). Lo único que a la gente normal le interesa es saber: " si el yacimiento producirá-venderá "X"millones U$S en "X" años ¿Cuántos millones U$S irán al estado en forma de impuestos?".... y punto !. Asumo ese planteo. Supongamos un yacimiento de mediana envergadura, que producirá poco mas de 5000 millones U$S en aproximadamente 30 años ( lo he llevado a 5100, sólo para poder redondear mejor las cifras en un promedio de 170 millones U$S /año). Los costos operativos según departamento ingeniería (son costos reales de un proyecto en ejecución) estarán en el orden de los 75 MU$s anuales (*). El proyecto plantea un consumo de energía de 100000KW/h diarios (hay un porcentaje en exceso como reserva), mediante conexión a la red general por un electroducto de 40 Km a construir por la empresa. Contaría con infraestructura caminera, administración y campamento propios, además de 30 camionetas y 10 camiones mineros pesados. Se consumirán 200 lts/ seg. agua (propia). Se emplearan aproximadamente 200 personas. Como se trata de una vida relativamente larga, el proyecto justifica una inversiòn máxima en el orden de los 250 millones U$s, que será amortizada según el régimen de "Amortización acelerada". ________________________________________________________________________________ (*) Nota aclaratoria: un costo operativo de 75 millones U$S anuales es bastante elevado para un proyecto de estas características. Lo ideal hubiera sido no pasar de 60 M U$S, pero existen problemas técnicos en el tratamiento, imposibles de sortear, que elevan las cifras tanto de costo como de inversión. En consecuencia, no queda mas remedio que utilizar el sistema de amortización acelerada de la inversión pues, en caso contrario el proyecto no sería rentable. Como se puede ver a diario, muchas personas creen que este concepto de la "Amortización acelerada" tiene algo de "delictivo" o estuviera "moralmente" (?) prohibido. Son prejuicios de origen indescifrable. ________________________________________________________________________________ IV- ¿Cómo se aplica esa inversión? Según el método tradicional, en la inversión se contemplan 5 rubros clásicos, que se desglosan o asignan en las siguientes proporciones (las cifras son proporcionales, aunque un poco menores que las reales de la empresa, para facilitar "redondeos"). 1- Preinversión: 35 M U$S (redondeado). Incluye 6 M U$S para los aspectos legales, pago de derechos al descubridor o concesionario de propiedad, contrato de opción, diversos trámites, honorarios de abogados, etc, etc, para contar con "Título perfecto". Además 29 M U$S en Exploración, estudios de metalurgia, factibilidad, diseño de planta, construcción de planta piloto, campamento, laboratorio, etc. 2- Inversión en Mina: 60 M U$S (redondeado) Total 250 M U$S (redondeado) ________________________________________________________________________________ Nota especial: No es sencillo hacer una Inversión Extranjera Directa (IED) en Argentina. Lejos de ser "facilitadas" mas bien son "estorbadas", aunque con excusas comprensibles. Ejemplo: Como el régimen de las IED, por inexperiencia en nuestro país, era muy laxo años atrás, durante la década de 1990-2000 se produjo un gran flujo de capitales "golondrinas" disfrazados de IEDs, que entraban, recogían intereses y "volaban". Para prevenir este efecto no deseado, se imitó una legislación chilena donde básicamente se establece que los fondos: 1. Deben ser ingresados como aportes de capital y reflejarse como verdaderos aumentos del mismo. La empresa inversora debe depositar en Banco Central, sin derecho a interés, 1/3 de la remesa ingresada ( en concepto de "aporte de inversiones directas al país". Código 447 BCRA) hasta que sea completado el trámite, en un plazo de 190 días corridos (lo cual para un país burocrático como Argentina es muy poco), por lo que muchas de ellas no logran finalizarlo a tiempo. Una vez cumplido el requisito, el depósito se le "devuelve" a la compañía, teóricamente en 48 hs Sin embargo, no son raros los casos que lograr dicha devolución demora casi 1 año, durante el cual el dinero del depósito queda inmovilizado en las arcas fiscales como parte del "superávit fiscal" y sin pagar interés alguno a la empresa dueña del mismo. De esta situación, raramente el público se entera, pero inevitablemente imagina o atribuye "falta de control al ingreso indiscriminado de inversiones extranjeras" y hasta lo interpreta como "incremento de la deuda externa". ________________________________________________________________________________ V- CALCULO DE LOS IMPUESTOS "FIJOS". De estos, los mas "pesados " son 3: I-Retenciones (Impuesto a las exportaciones). Sólo válido para empresas exportadoras de su producción (no para mercado interno): se paga el 10% de las ventas finales. Si se venden 170 M U$S anuales como este caso, el impuesto representa 17 M U$S anuales. II- A los Combustibles. Según estima el departamento de Ingeniería, el costo operativo representará unos 75 MU$S anuales de los cuales, mas o menos 1/10 corresponderá a combustibles, o sea 7.5 MU$S por año. Dentro de esa cifra, hay incluidos 43% de impuestos que van al Estado es decir 7.5 x 0.43= 3.22 M U$S anuales (que la empresa minera paga como cualquier consumidor y no interesa quien diga lo contrario). III- Regalías provinciales 3% del valor Valor Boca Mina.. Este representa aproximadamente el 60% del valor del producto final refinado (Ejemplo. Es la diferencia entre el valor del mineral de cobre y el cobre metal ectrolítico refinado o sea : Materia prima 60% + Valor agregado 40%)). Por lo tanto equivale aproximadamente a 1.8% (0.03 x 0.6= 0.018) de la facturación total. Si esta es 170 Millones U$S anuales, las regalías provinciales representarán 3 M U$S / año ( 170 x 0.018= 3) Total de los 3 impuestos fijos mas significativos: 23.2 MU$S anualmente ( 17 + 3.22 + 3). Los demás impuestos "fijos" no son muy significativos, porque salvo el primero, ninguno llega al millón U$S anuales ("Chiquitaje"), pero igualmente tendremos. 1) Ingresos brutos: es el 1% sobre Facturación total, en este caso seria 1.7 M U$S anuales . En algunas provincias existe exensión, como en este caso. 2) Impuesto al Patrimonio. No se refiere a la inversión total, sino sólo a la "fija" correspondiente a edificios, planta, tolvas, usinas, cintas transportadora, accesos, líneas eléctricas, etc, etc y sobre todo a la inversión en planta e infraestructura, en parte maquinaria. (Punto IV. Items 3 y 4: 120 +20= 140 MU$S). El avalúo de Reservas minerales ha sido excluido específicamente de este rubro. Como se paga el 0.5% sobre la evaluación fiscal, expresado como fracción decimal corresponde coeficiente 0.005. Tenemos entonces que, siendo la Inversión afectada al impuesto aproximadamente 140 millones U$S x 0.005= 0.7 M. U$S anuales. 3) A los créditos y débitos bancarios ("impuesto al cheque") .Es el 1.2% (coeficiente 0.012) sobre todas las operaciones bancarias (ninguna empresa usa efectivo) Afecta al Capital de trabajo, (Punto IV-Item 5) que es aproximadamente 20 M U$S anuales en permanente circulación .Suponiendo como mínimo "dos ciclos completos" por año, desde que el dinero sale ("en especias=concentrado"), hasta que regresa (cheque cobrado), aunque siempre hay pequeñas pérdidas acumulativas. Lo mismo pero al revés, sucede para pago de servicios o proveedores. Aquí tenemos 20 M U$S x 2ciclos x 0.012= 0.48MU$S anuales. 4) Automotor. Los vehículos livianos pagan el 2% de su valor. Los pesados 1.5%: Si la empresa tiene operando 30 camionetas y 10 camiones mineros pesados, tendremos: 5) A los Sellos: para cada contrato se paga el 0.1%. Afecta al capital de trabajo (20 M U$S) especialmente, al que suponemos circula dos veces al año en su totalidad. Tendríamos 20 millones U$S x 2 ciclos anuales x 0.001 = 0.04 MU$S (unos 40000 U$S :casi despreciable). 6) Tasa de construcción de obras . Se refiere a las mismas obras civiles del punto 2 (no incluye laboreos mineros por ejemplo, sino plantas y edificios). Paga el 0.3 a 0.6% sobre el monto de obra terminada ("Final de obra") y por única vez.. Afecta a 140 millones de la inversión total. Tomando la tasa mínima tendríamos entonces: 140M U$S x 0.003= 0.42 M U$S . En 30 años de vida del yacimiento significa apenas un promedio de 0.014 MU$S anuales (solo 14 000 U$S: insignificante). 7) Impuesto al consumo energía eléctrica. El KWh industrial (para contratos en "Firme" según consulta a 3 ingenios azucareros) cuesta 0.28 $ (argentinos) de los cuales 0.04 $ corresponden a impuestos. Si el consumo es de 100000 KWh por día, representan 4000$ diarios (o sea 1000 U$S al cambio actual). En el año (350 días) serían 0.35 MU$S (350000 U$S) anuales. 8) Canon de agua. En el caso de Catamarca y se estima una cifra similar para las demás provincias, se abona 0.1 U$S /m 3. Si la empresa consume 200 Lts/seg. , equivale a 6 millones m3 anuales, es decir 0.6 Mill U$S año. ________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________ 9) Canon minero. Suponiendo que la empresa tenga 10 unidades de "mina" (unas 1000 Has) para laboreos, planta, instalaciones, disposición de colas, etc, serán 2000 U$s/año. (insignificante) Sumando todo el "chiquitaje" tendremos : 0.47 + 0.38 +0.32 +0.04 +0.014 + 0.35 + 0.6 = 2.17 MU$S. Sumando los "pesados"( 23.2) al "Chiquitaje" (2.17) tendremos poco mas de 25 MU$S anuales como impuestos fijos, es decir poco mas del 14 % de la facturación total en concepto de impuestos fijos que el Estado recauda, aún cuando la empresa trabaje a pérdida. VI- CALCULO DE LOS IMPUESTOS "VARIABLES". 10) Fondo Fiduciario (FF): impuesto provincial "variable", vigente sólo en Catamarca(1%) y San Juan (1.5%), para obras de infraestructura PROVINCIAL . Significa el 1% de la ganancia bruta (o sea antes de impuestos a las ganancias). Si los ingresos anuales son de 170 M U$S , los impuestos fijos 25 MU$S (punto anterior) y el costo operativo de 75 M U$S, una vez amortizada la inversión ( opción "acelerada": se verá detalle más adelante) la ganancia bruta sería de 70 MU$S anuales. Con el 1 % (coeficiente 0.01) este fondo recibirá : 70 MU$S x 0.01= 0.7 MU$S anuales, en los últimos 25 años de vida de la mina. En el próximo punto se explicará porqué sobre 25 años y no sobre 30 (**). 13) Ganancias.: 35% sobre ganancia bruta. (**) 14) "Impuesto a las ganancias de fuente argentina". Afecta las ganancias de los inversores no residentes en el país, pero con mucha frecuencia se presenta el siguiente problema: normalmente ninguna empresa cuenta con el capital en efectivo para la inversión y debe recurrir a Bancos extranjeros (.como todo empresario sabe, siempre se trabaja "con plata ajena"). Respecto a esto hay básicamente dos alternativas: Alternativa 1: Caso de amortización lineal o "simple". ________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________ Alternativa 2: Caso del sistema de amortización acelerada.(Se lo explica en detalle en el punto VII). Tiene la ventaja de que se paga mucho menos interés al hacer pagos extraordinarios y porque se reduce el tiempo del repago al banco (en este caso casi a la mitad). Se lo paga sólo durante los primeros 5 años (en este caso), hasta que la deuda bancaria desaparece. Total intereses: 77.5 MU$S.. Impuestos: 27.08 MU$S Comparando los 140 MU$S de impuestos de la primera alternativa, con los 77 MU$S de la segunda, no hace falta explicar porqué es preferible el sistema de Amortización acelerada. El estado acepta esta opción y aclara expresamente que hecha la elección "no hay posibilidad de arrepentirse". VII- ¿En que consiste el principio de "amortización acelerada"?. Consiste en que la empresa sacrifica ganancias propias haciendo pagos adiccionales o extraordinarios, para apurar la amortización y pagar menos intereses. Durante ese tiempo, no habrá "ganancias" ni por lo tanto "impuesto a las ganancias", pero se los cobrará con creces una vez que desaparezca la deuda de capital. Mientras tanto, los impuestos "Fijos" se pagan normalmente como es de esperar. Esto permite dividir la vida del yacimiento (30 años) en dos períodos bien definidos. a) Período de amortización de la Inversión. Se aplicará el sistema de Amortización acelerada, esperándose terminar con la deuda de capital durante el quinto año de producción a pleno y obteniendo por primera vez un pequeño saldo positivo. Desde los años 1 a 4 no se pagarán ganancias porque no las hay: la empresa destina el máximo posible de su capacidad de pago a amortizar cuanto antes la deuda con los bancos, sacrificando sus ganancias para no pagar tantos intereses. Así, entre los años 1 y 5, tendremos el siguiente cuadro que indica los flujos de fondos.
Operaciones normales En otras palabras durante los primeros 4 años de producción la empresa produce y exporta, pero no tiene ganancias o sólo insignificantes , pero aprovecha para amortizar rápidamente su deuda de capital mas intereses. El "socio Estado" en cambio empieza ganando desde el momento "cero", pues percibe los impuestos fijos desde el año 1 al año 5 de producción, en el orden de los 25 M U$S anuales por "Impuestos Fijos", bajo cualquier circunstancia . El único impuesto variable que se percibe en este periodo es el de "ganancias de fuente argentina" (por afectar a los bancos, aunque quien lo pagará en definitiva es la minera) que calculamos en 5 MU$S anuales en promedio. Sumados a los 25 de "Fijos", significan 30 MU$S anuales, que en esos 4 años significan para el Estado unos 120 M U$S, mientras que el "socio empresa" apenas logra "quedar hecho" y/o muy poco mas. En el quinto año, la empresa obtendrá por primera vez un ingreso positivo de 12.5 M U$S, de los cuales el 35% (4.3 M U$S) irán al Estado por Impuesto a las ganancias, sumándose a los 30 M U$S ("Fijos"+ "fuente extranjera") .(Estado: Total año 5 = 30 + 4.3= 34.3 M U$S. b) Periodo principal: en los 25 años siguientes lo que antes era el "costo financiero" pasa ser ganancia bruta para la empresa (ya se sacó de encima la mochila del Banco) , pero sobre ella pagará al Estado el 35.6 % (impuesto a las ganancias más el 0.6 % de F.F.) es decir 25 M U$S (redondeado), quedando para la empresa 45 M U$S anuales de ganancia neta. En este mismo periodo, el Estado percibirá aproximadamente 50 millones U$S anuales ( 25 de "Fijos" + 25 de "Variables"). VIII- Incidencia total de los impuestos (Fijos mas Variables). Comparacion de ingresos entre el estado y la empresa minera Es creencia generalizada que el Estado (Nacional >> Provincial > Municipal) no recibe suficientes beneficios de la minería. Nada mas erróneo-. Los ingresos del Estado por impuestos son muy superiores (+ 40%) a las ganancias netas de la empresa minera, sin necesidad de invertir, ni pagar parte de los gastos de producción, ni trabajar y sin correr riesgos. ¿Para qué necesita el Estado meterse a productor minero? Mejor negocio es cobrar los impuestos sin mover un dedo. 1. Si el proyecto contempla 30 años de producción continua por valor de 170 MU$S anuales, el total ingresado será de 5100 M U$S. CONCLUSIONES: 1. No parece que el estado se perjudique demasiado en sus ingresos, por "colaborar" trabajando "cero", aportando "inversión cero", con "costos cero" y corriendo "riesgo cero". Es mi opinión. Por: Dr. Peralta Eduardo Hugo (Geólogo)
FUENTE: http://www.estrucplan.com.ar/
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| Última actualización el Viernes, 12 de Agosto de 2011 12:31 |































